Indemnizaciones por accidentes en autobuses urbanos

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Indemnizaciones por accidentes en autobuses urbanos

Indemnizaciones por accidentes.

Indemnizaciones por accidentes: Un Juzgado de Salamanca sentencia que la compañía aseguradora de los autobuses urbanos debe indemnizar a la familia de un anciano.

El anciano subió al autobus urbano y este inició la marcha. La misma se inició antes de que el hombre consiguiera sentarse o acomodarse en algún lugar seguro. Por el rápido movimiento sufrió una caída. Aquí está la causa de las indemnizaciones por accidentes. Debido a ella tuvo una rotura de cadera. Siendo atendido por los servicios de urgencia.

Indemnizaciones por accidentes.El hombre de avanzada edad tuvo que ser intervenido quirúrgicamente. Unido a problemas cardíacos que tenía previamente se produjo la muerte por una complicación cardíaca.

El Juzgado de Primera Instancia de Salamanca dirimió que no había negligencia médica por el tratamiento hospitalario dado. Pero determinó que había responsabilidad civil de la empresa de autobuses. Y, por ende, de su empresa aseguradora.

El Juez en su Sentencia recuerda que cuando se compra un billete de Autobús, Metro, Avión, Barco, etc… se está pagando el SOV, Seguro Obligatorio de Viajeros.

El SOV, Seguro Obligatorio de Viajeros, asegura a los viajeros en el trayecto que realizan cuando pagan un billete para viajar en un medio de transporte.

Por tanto, la Compañía Aseguradora de la empresa «Transportes de Salamanca» tiene que hacerse cargo de las indemnizaciones por accidente a los usuarios del servicio. En este caso a los familiares del anciano fallecido.

Indemnizaciones por accidentes.Se reconoce una relación de causa y efecto entre el accidente producido al arrancar el autobús. Que provocó la rotura de cadera lo que provocó que se le interviniera. Produciendo la muerte por complicaciones cardíacas, pese a que tuviera dolencias previas.

La normativa vigente establece la responsabilidad civil y las indemnizaciones por accidentes. Recae sobre la compañía aseguradora cuando se produce al muerte por accidente en el trayecto. También como consecuencia del accidente producido dentro de los 18 meses posteriores.

Por tanto, nuestro consejo es que cuando sufras un accidente en un medio de transporte en el que hayas pagado el billete debes poner el asunto en manos de tus abogados de confianza para estudiar si tiene viabilidad una reclamación con las consecuentes indemnizaciones por accidentes.

Puedes consultarnos tus dudas. En Abogados Ibáñez te asesoraremos sobre la viabilidad de la reclamación.

Indemnizaciones por accidentes.

 

Puedes saber más sobre la cobertura por la póliza del Seguro Obligatorio de Viajeros. Artículo 5.

Igualmente, puedes informarte sobre la cobertura por la muerte producida como consecuencia de un accidente. Artículo 16.

Más información sobre Responsabilidad Civil por accidentes en Abogados Ibáñez.

 

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